EL PRINCIPIO DE INVESTIGACION INTEGRAL EN LOS PROCESOS DISCIPLIANRIOS CONTRA ABOGADOS EN COLOMBIA

La Ley 1123 de 2007, en Colombia, establece el régimen disciplinario aplicable a los abogados. El principio de investigación integral es un concepto importante dentro de esta ley. Este principio implica que la investigación disciplinaria debe ser llevada a cabo de manera completa, exhaustiva y objetiva, abordando todos los aspectos relevantes del caso.

En otras palabras, cuando se inicia una investigación disciplinaria contra un abogado, se debe realizar un análisis detallado de todas las circunstancias relacionadas con el presunto comportamiento indebido, sin dejar de lado ningún elemento relevante. Esto incluye la recolección de pruebas, la evaluación de testimonios, la consideración de antecedentes y cualquier otro aspecto que pueda influir en la decisión final.

El principio de investigación integral busca garantizar la transparencia, imparcialidad y eficacia del proceso disciplinario, asegurando que se agoten todas las vías de investigación y pruebas para llegar a una conclusión justa. Esto es fundamental para proteger los derechos del abogado. La no aplicación  de este Principio Rector de Investigación Integral vulnera El Debido Proceso, Derecho de Defensa y Contradicción y sobre todo El Principio In dubio Pro reo,  Duda Razonable y Presunción de inocencia, pues de haberse investigado en debida forma cumpliendo este principio rector se habría llegado a una conclusión judicial diferente, para reversar un fallo con la conculcación de este Derecho y Principio Rector, quien alega esta vulneración al debido proceso debe y queda en el deber de demostrar que si se hubiese investigado e incorporado o practicado alguna prueba soslayada, se habría llegado a una conclusión judicial diferente.

También debe existir muestra de ejercicio defensivo al interior del proceso, en donde se plantee dicha problemática, pues también opera en el proceso disciplinario para abogados el principio de Convalidación de las actuaciones y mal hace quien alega por fuera del proceso esta vulneración cuando al interior del proceso disciplinario fue impávido y no ofreció la más mínima resistencia a la vulneración de su derecho y cumplimiento de este Principio Rector.

El que seamos abogados no implica saberlo todo o conocer el método propio de cada especialidad, nos consultan muchísimos colegas al respecto, eso si después de haber sobrepasado los limites para ejercer una defensa en debida forma. Esto se debe a que nos excede la confianza de creer que podemos saber y conocer de toda clase de procesos y mas aun cuando se trata de nuestra propia defensa. El mejor consejo que podemos brindarle a los profesionales del derecho es otorgar poder para que se asuma la defensa en esta materia de alguien verdaderamente experto y en especial expertos disciplinarios para abogados, experticio del que no se ocupan muchas firmas en Colombia y que no goza de mucha popularidad.

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